Artículo 109: Modificación del Reglamento (UE) 2019/2144
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En el artículo 11 del Reglamento (UE) 2019/2144, se añade el siguiente apartado: "3. Al adoptar los actos de ejecución con arreglo al apartado 2, relativos a los sistemas de inteligencia artificial que sean componentes de seguridad en el sentido del Reglamento (UE) 2024/... del Parlamento Europeo y del Consejo++, se tendrán en cuenta los requisitos establecidos en el capítulo III, sección 2, de dicho Reglamento.".
El texto utilizado en esta herramienta es la "Ley de Inteligencia Artificial, Texto del acuerdo provisional, 2 de febrero de 2024", que se anunció oficialmente en este comunicado de prensa. Expediente interinstitucional: 2021/0106(COD)
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