Artículo 84: Estructuras de apoyo a las pruebas de IA de la Unión
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1. La Comisión designará una o varias estructuras de apoyo a los ensayos de IA de la Unión para realizar las tareas enumeradas en el artículo 21, apartado 6, del Reglamento (UE) 2019/1020 en el ámbito de la IA.
2. Sin perjuicio de las tareas mencionadas en el apartado 1, las estructuras de apoyo a las pruebas de IA de la Unión también proporcionarán asesoramiento técnico o científico independiente a petición de la Junta, la Comisión o las autoridades de vigilancia del mercado.
El texto utilizado en esta herramienta es la "Ley de Inteligencia Artificial, Texto del acuerdo provisional, 2 de febrero de 2024", que se anunció oficialmente en este comunicado de prensa. Expediente interinstitucional: 2021/0106(COD)
Cuando se han añadido nuevos artículos en versiones posteriores y se han realizado correcciones importantes, estos cambios se han reproducido también en el Explorador de la Ley IA. Además, en los "Textos Aprobados" de marzo de 2024, muchos artículos han cambiado de nombre o de numeración, y los artículos del Explorador de la Ley IA se han actualizado en consecuencia. Esto significa que el contenido de nuestro sitio ya no coincide exactamente con ningún borrador oficial de la Ley de la IA, sino que es un híbrido de varios borradores. Si encuentra alguna actualización importante en un borrador posterior que no se haya actualizado en nuestra herramienta, le rogamos que nos lo comunique.
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